En revisión, la Resolución No. 096/2000, de 23 de febrero de 2000 cursante a fs. 20 a 21 pronunciada por la Sala Penal Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, dentro del Recurso de Hábeas Corpus interpuesto por
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

En revisión, la Resolución No. 096/2000, de 23 de febrero de 2000 cursante a fs. 20 a 21 pronunciada por la Sala Penal Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, dentro del Recurso de Hábeas Corpus interpuesto por

Fecha: 17-Mar-2000

1.

1.   En su demanda de 21 de febrero de 2000, el recurrente expresa que en el indebido proceso penal que le sigue Valentín Mamani Sarsuri, por el supuesto delito de estelionato, pese a la oposición de excepción previa de prescripción  mediante memorial de 18 de febrero de 2000, por haber transcurrido más de 10 años, 3 meses y 23 días desde el 12 de julio de 1989, fecha de la venta del camión Mercedes Benz, placa LSF-275, base de la querella, y pese al anuncio del presente Recurso de Hábeas Corpus, el Juez Cuarto de Instrucción en lo Penal, Dr. Alfredo Jaimes Terrazas, había ordenado su detención en el Penal de San Pedro de esta ciudad de La Paz, donde se encuentra actualmente detenido y procesado indebidamente, contraviniendo el art. 292 inc. 1) del Código Penal. Por lo expuesto y al amparo del art. 18 de la Constitución Política del Estado, pide se declare procedente el Recurso y se ordene su libertad. 

1.   Que, en el Juzgado Segundo de Instrucción en lo Penal de Oruro se abrió causa penal en contra del recurrente por el delito de estelionato, a denuncia de Valentín Mamani Sarsuri, teniendo como antecedente la firma de un documento de compra-venta de un camión en fecha 12 de julio de 1989, siendo la Jueza Segunda de Instrucción en lo Penal de Oruro quien dicta el Auto Inicial de la Instrucción  en base a las Diligencias de Policía Judicial, recibe la declaración indagatoria y dispone la detención preventiva del imputado en el Penal de San Pedro de aquella ciudad.