Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 228/2000-R
Fecha: 15-Mar-2000
tres años, tres meses y diecinueve
3. Que conforme consta por los certificados salientes a fs. 6 y 7 de obrados, expedidos por las autoridades competentes del Centro de Rehabilitación de Santa Cruz, los recurrentes se encuentran privados de libertad desde el 19 de octubre de 1996 hasta la fecha de interposición del presente recurso, lo que hace un total de tres años, tres meses y diecinueve días; habiendo solicitado libertad provisional bajo Fianza Juratoria ante el Tribunal recurrido en 31 de enero de 2000, invocando el art. 17-c) de la Ley 1685, beneficio que les fue negado por Auto de 8 de febrero de 2000.