SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 347/00-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 347/00-R

Fecha: 13-Abr-2000

3.

3.  A la conclusión de la audiencia el Juez de Hábeas Corpus dicta Resolución, declarando procedente el recurso con el fundamento, entre otros, de que no existe la figura jurídica de garantía personal de presentación, ni en el ordenamiento de faltas y contravenciones de la Policía Nacional por lo que las cédulas de comparendo contra los “garantes” resultan ilegales, así como la retención de un celular y cédulas de identidad personal.