Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 381/00-R
Fecha: 25-Abr-2000
POR TANTO:
Se recomienda al Juez de Partido de El Alto observar el plazo de 24 horas para la realización de la audiencia pública establecido por el art. 91-1 de la Ley Nº 1836; por otra parte en el presente caso de no haberse presentado voluntariamente el co-recurrido R. Riveros, que no fue incluido en el Auto de Admisión como en las citaciones, habría dado lugar a que el recurso sea viciado de nulidad.