Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 405/2000 - R
Fecha: 27-Abr-2000
POR TANTO:
POR TANTO: El Tribunal Constitucional, en virtud de la jurisdicción que ejerce por mandato de los arts. 18-III y 120-7ª, de la Constitución Política del Estado y 93 de la Ley del Tribunal Constitucional, con los fundamentos precedentemente expuestos REVOCA en parte la Resolución No. 054/2000 de 4 de abril de 2000, cursante de fs. 167 a 170, pronunciada por el Juez Tercero en lo Penal de La Paz, declarando IMPROCEDENTE el Recurso con relación a Dionicia Catunta Yampase y la APRUEBA con relación al recurrente Verónico Poma Vargas.