Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL No. 017/00
Fecha: 10-Abr-2000
POR TANTO:
POR TANTO: El Tribunal Constitucional, ejerciendo la jurisdicción que le confieren los artículos 120.6ª de la Constitución Política del Estado, 79 y siguientes de la Ley 1836 declara INFUNDADO el Recurso Directo de Nulidad interpuesto por Vito Soliz Padilla en representación con mandato de Héctor Puña Jiménez, imponiéndole la multa de Bs. 500 y costas en aplicación del artículo 85-1) de la Ley 1836, que debe pagar a la orden del Tesoro Judicial en el plazo de tres días de su notificación con la presente sentencia.