Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL No. 295/00 - R
Fecha: 03-Abr-2000
POR TANTO:
POR TANTO: El Tribunal Constitucional, en virtud de la jurisdicción que ejerce por mandato de los artículos 18-III y 120-7ª de la Constitución Política del Estado y 93 de la Ley 1836, APRUEBA la resolución corriente de fs. 18 a 21 del expediente, dictada por el Juez Tercero de Partido en lo Penal de la Corte Superior de Justicia del Distrito de Cochabamba en fecha 3 de marzo de 2000.