SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 031/2000
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 031/2000

Fecha: 17-May-2000

I.2.

I.2.   En mérito a la vigencia anticipada de los arts. 19 y 20 del nuevo Código de Procedimiento Penal, la Corte Suprema cesó en su competencia para el conocimiento y resolución de las causas referidas al giro de cheque en descubierto que es un delito de acción privada, cuya última etapa procesal concluye en una Corte Superior de Distrito conforme al art. 106-3) de la Ley de Organización Judicial. El proceso de giro de cheque en descubierto es a citación directa, siendo la apelación conocida por el Juez de Partido y el recurso de nulidad o casación por la Sala Penal de la Corte Superior del Distrito.