SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 031/2000
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 031/2000

Fecha: 17-May-2000

III.3.

III.3. Que para esa fecha, el proceso penal referido se encontraba con fallos dictados en primera y segunda instancia y radicado en la Corte Suprema  en recurso de casación, siendo de aplicación al caso la primera disposición transitoria concordante con el punto sexto de la Circular de la Corte Suprema N° 11/99 de 17 de agosto de 1999 que señala expresamente: “En las causas por delitos recientemente convertidos a acción privada, en los que hubiera recaído sentencia o auto de vista, los recursos que correspondan se regirán por el Código de Procedimiento Penal de 1973, hasta su conclusión”.