SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 446/00-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 446/00-R

Fecha: 09-May-2000

1.

1.  Efectuada la audiencia pública el día 27 de marzo de 2000 cual consta a fs. 147 a 148 vlta. de obrados, el recurrente por medio de su Abogado ratifica su demanda y ampliándola señala que en dicho proceso se han cometido una serie de actos ilegales como el de haberse infringido el art. 172 de la Constitución Política del Estado, además de que el recurrido sabía que se trataba de una pequeña propiedad.  No obstante aquello, el adjudicatario luego de verificar que la propiedad agraria no tenía la dimensión que se había ofertado en los avisos de remate pide se le reduzca el valor a la dimensión existente, lo cual es aceptado por la Mutual ejecutante, pero posteriormente el adjudicatario  desiste de la adjudicación aduciendo que la propiedad que se adjudicó no existe y acepta que se le entregue el saldo que pagó, lo que implicaba renuncia al derecho.  Agrega que el adjudicatario no podía pedir desapoderamiento de una propiedad diferente a la que fue rematada originariamente, al margen de que nunca fue parte en el proceso ejecutivo.