SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 467/00-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 467/00-R

Fecha: 16-May-2000

2.

2.  Por su parte la autoridad recurrida manifestó que a denuncia realizada por la Defensoría de la Niñez y la Brigada de Protección a la Familia, había requerido la elaboración de Diligencias de Policía Judicial por los supuestos delitos incursos en los arts. 318 y 319 del Código Penal, acoso sexual y corrupción de menores en contra del recurrente y que por la gravedad de estos delitos los agentes asignados al caso habían realizado la aprehensión antes de que pase a conocimiento del Fiscal Adscrito, asimismo manifiesta que a petición de solicitud de libertad bajo garantía de presentación del recurrente, se expidió mandamiento de libertad en su favor, encontrándose gozando de libertad. Por su parte el representante del Ministerio Público, indica que los antecedentes revisten gravedad porque las víctimas son menores de edad, por consiguiente la detención de la Brigada de Protección a la Familia a través de la Policía Técnica Judicial fue justificada, toda vez que el recurrente ha sido encontrado “in fraganti” en la comisión de los delitos que se le imputan y que por lo tanto se debe continuar las investigaciones en resguardo de las garantías y derechos especialmente de la niñez, por último pide se declare improcedente el recurso.