SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 500/2000 - R
Fecha: 24-May-2000
2.
2. De fojas 44 a 46 cursa el acta de la audiencia pública realizada el 27 de abril de 2000, en rebeldía de Roberto Pérez Tellería, Comandante General de la Policía, José Velarde y Miguel Ángel Flores. El abogado del recurrente se ratifica en los términos de su demanda. La Fiscal recurrida informa que el recurrente es denunciante en las investigaciones que se llevan adelante, por lo que no puede hablarse de persecución indebida; que la denuncia fue sentada en 26 de julio de 1999 contra 14 personas, habiéndose recibido las declaraciones de todas y se realizaron tres inspecciones oculares; que no se ha expedido mandamiento contra ninguna persona, y que en marzo de 2000 el recurrente pidió ampliación de las diligencias. Por su parte, el abogado de Orlando Saucedo manifiesta que la empresa “América” - de la cual es propietario- es dueña de los terrenos sobre los que el recurrente dice tener derechos, cuando nunca estuvo en posesión de los mismos; que existe un interdicto de recobrar la posesión ante el Juzgado Segundo de Instrucción en lo Civil, porque el recurrente irrumpió violentamente en el lote; que la Policía Boliviana no cometió ningún atropello contra el recurrente.
2) Que el inmueble señalado es motivo de varios procesos, entre ellos un interdicto de recobrar la posesión interpuesto por Elmer Saucedo contra el recurrente, un juicio ejecutivo seguido por el Banco Central contra la Empresa “América” de propiedad del aludido Elmer Saucedo, por lo que debe ser la autoridad competente quien conozca los hechos denunciados en el Recurso.