SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 527/00-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 527/00-R

Fecha: 30-May-2000

2.

2.  Que, ante el incumplimiento a las solicitudes y conminatorias de los precitados memorandos, el 27 de enero de 2000 los delegados de la línea "K", sin previo aviso por escrito, determinaron la suspensión de la actividad del vehículo de propiedad del recurrente en dicha línea.  Igualmente en la misma fecha, mediante el memorando Nº 043/00 de 27 de enero, los Directivos del Sindicato Mixto de Micros, Buses, Taxitrufis y Trufibuses "Ciudad de Cochabamba", ordenaron al control de la línea "J", la suspensión del otro vehículo del recurrente, hasta que éste haga entrega de la documentación correspondiente al manejo económico de la línea "K".