SENTENCIA CONSTITUCIONAL No. 518/2000-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL No. 518/2000-R

Fecha: 29-May-2000

1.

1.   En la demanda de fs. 29 a 31 vta. el recurrente expresa que su mandante Félix Celestino Rodríguez Choque, en fecha 24 de mayo de 1994 fue designado Director del Núcleo Escolar Rural “Murifaya”, habiendo cumplido con todos los requisitos exigidos por el art. 228 del Código de Educación vigente en esa fecha. Sin embargo, el Ministerio de Educación, Cultura y Deportes así como la delegación Episcopal de Educación, lanzan una convocatoria en 27 de agosto de 1999, a objeto de llevar a cabo la evaluación, examen de competencia y provisión de Direcciones de Unidades Educativas Fiscales de Servicio Público de la Iglesia Católica, en el marco de la cooperación interinstitucional suscrita entre el Estado Boliviano y la Iglesia Católica de 25 de marzo de 1997. Declaran vacantes  todas las Direcciones dependientes de las Escuelas de Cristo, gestando su destitución del cargo de Director del referido Núcleo.

1.   Que, el recurrente accedió a las funciones de Director del Núcleo Escolar Rural de “Murifaya” en fecha 24 de mayo de 1994, sobre la base de un concurso de méritos y examen de competencia en sujeción al art. 228 del Código de la Educación Boliviana vigente en aquella época, derogado posteriormente por la Ley Nº 1565 de Reforma Educativa.