SENTENCIA CONSTITUCIONAL No. 518/2000-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL No. 518/2000-R

Fecha: 29-May-2000

3.

3.   Admitido el Recurso se lo tramita conforme a Ley llevándose a cabo la audiencia pública el 15 de abril  de   2000,  cual consta en acta de fs. 48 a 49 de obrados en la que el abogado-apoderado del recurrente ratifica el tenor de la demanda, añadiendo que un maestro destituido se ve en la necesidad de aceptar cualquier otro cargo dentro del ramo educativo, como ocurrió con “...otros colegas que habiendo recurrido de Amparo Constitucional, fue declarado procedente y aprobado por el Tribunal Constitucional”.