SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 572/2000 - R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 572/2000 - R

Fecha: 09-Jun-2000

2.

2.   Admitido el Recurso se lo tramita conforme a Ley llevándose a cabo la audiencia pública el 17  de mayo de 2000, cual consta en acta de fs. 54 a 56, en la que el abogado de la recurrente ratificó los términos del memorial del recurso y acusó que desde el primer momento de la detención de la recurrente se violaron los arts. 6 inc.1), 9 inc. 2) y 12 de la Constitución Política del Estado, 23 inc. a) y b) de la Ley del Ministerio Público siendo por tanto una detención ilegal que viola las garantías constitucionales de la recurrente.

2.   Que, cual consta en las actas de declaraciones informativas tomadas en diligencias de Policía  Técnica Judicial, se ha obviado la  participación del Ministerio Público, viciando de nulidad tales actuados por mandato del art. 20 de la Ley del Ministerio Público;  también está comprobado que los recurridos no han cumplido con lo previsto por los arts. 22 y 23 de la referida Ley Nº 1469  incurriendo de esa manera  en la nulidad  establecida por el art. 24 del referido cuerpo legal.