SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 580/2000 - R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 580/2000 - R

Fecha: 12-Jun-2000

2.

2. A fojas 59  cursa el acta de la audiencia pública realizada el 19 de mayo  de 2000, en la que el abogado de los recurrentes ratifica los términos de su demanda, y el Juez recurrido informa que: a) en mérito a los certificados médicos  y fotografías presentadas por  el querellante y en aplicación de los arts. 121 y 129 del Código de Procedimiento Penal dictó Auto Inicial de la Instrucción el 29 de abril, haciendo hincapié que en ningún momento se ha expedido mandamiento de aprehensión; b) habiéndose remitido Diligencias de Policía Judicial y evidenciando la conexitud de personas, dispuso la acumulación teniendo en cuenta la prioridad de presentación y dictó un nuevo Auto Inicial, sin que tampoco se expida mandamiento de aprehensión; c) los recurrentes tienen las vías expeditas para hacer valer sus derechos, como la revocatoria del Auto Inicial de la Instrucción, por todo lo que pide se declare improcedente el Recurso.