SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 580/2000 - R
Fecha: 12-Jun-2000
3.
3. A fojas 60 y 61 corre la Resolución de 19 de mayo de 2000, que declara improcedente el Recurso con el fundamento de que el proceso penal puede iniciarse mediante querella de acuerdo al art. 121 del Código de Procedimiento Penal, contando los recurrentes con otros recursos para impugnar el Auto Inicial de la Instrucción como el previsto en el art. 281 - 2) del mismo Código, por lo que no existe un procesamiento indebido.
3) Que conforme consta del Informe en conclusiones de fs. 50 a 54, se inició Diligencias de Policía Judicial el 10 de febrero de 2000 a denuncia de Cirilo Cruz contra Mario Gandarillas Angulo, Evaristo Mendieta y otros, requiriendo la Fiscal Sara Fuentes, en 15 de mayo (fs. 56), la organización de Sumario Penal contra los indicados, por lo que el 18 de mayo el Juez ahora recurrido dictó Auto Inicial de la Instrucción, por el que abre el Sumario solicitado y dispone el libramiento de mandamiento de aprehensión contra los nombrados y la acumulación de causas con la iniciada a querella de 14 de abril.