Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 580/2000 - R
Fecha: 12-Jun-2000
CONSIDERANDO:
Que en la especie, la iniciación del Sumario Penal contra los recurrentes se hizo en virtud de la querella presentada por la presunta víctima de lesiones graves, al amparo del art. 127 del Código de Procedimiento Penal, por lo que el Juez al admitirla y dictar el Auto Inicial de la Instrucción de 29 de abril, actuó con la atribución que le confiere el art. 121 del referido Código.