Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 598/00-R
Fecha: 19-Jun-2000
3.
3. Concluida la audiencia, el Tribunal de Hábeas Corpus pronuncia su fallo declarando improcedente el Recurso, fundándose en que en el presente caso se concedió libertad provisional en favor de la recurrente, con calificación del monto de la fianza, de la que no apeló ni propuso sustitución de fianza; que no ha acreditado su pobreza; que las resoluciones de negatoria del beneficio de libertad provisional no causan estado, la recurrente tiene la opción de volver a plantear su solicitud.