Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 613/00-R
Fecha: 26-Jun-2000
3.
3. A la conclusión de la audiencia, el Juez de Hábeas Corpus dicta la sentencia de fs. 17-18 de 30 de mayo de 2000 declarando procedente el Recurso con el fundamento de que las Diligencias de Policía Judicial se encuentran completamente concluidas y que sólo debe emitir su requerimiento la Fiscal recurrida, por lo que corresponde que a la brevedad posible sea remitido dicho requerimiento a la justicia ordinaria para la apertura del proceso, el rechazo de la misma o la remisión de obrados al Juez competente.