SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 640/00-R
Fecha: 30-Jun-2000
1.
1. Efectuada la audiencia pública en 19 de mayo de 2000, la parte recurrente ratifica el tenor de su demanda y amplía la misma mediante su abogado, manifestando que el recurrido ha violado los derechos constitucionales, tales como el derecho al trabajo y el derecho a la libre asociación, dispuestos por los arts. 7 y 8 de la Constitución y sus propios Estatutos en sus arts. 14, 15, 19 y 25 y que la medida abrupta ha sido apelada en 11 de febrero de 2000, a pesar de esto tampoco han sido convocados a asamblea de socios y que mediante Requerimiento Fiscal se les ha respondido que no son socios ni miembros afiliados y que tienen que dar cumplimiento a las exigencias legales para participar como miembros de la Cámara de Transporte, por lo que no pueden exigir si no han cumplido con estas obligaciones. Que conforme al art. 14 de su Estatuto, fueron 5 las empresas que resolvieron dejar sin efecto los aportes, mientras no se cumpla con el informe anual y balance general, por lo cual reiteran el Amparo demandado.