Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 642/00-R
Fecha: 03-Jul-2000
POR TANTO:
POR TANTO: El Tribunal Constitucional, en virtud de la jurisdicción que ejerce por mandato de los arts. 18-III y 120-7ª de la Constitución Política del Estado y 93 de la Ley No. 1836, REVOCA la Resolución venida en revisión, corriente de fs. 16 a 18 de obrados, pronunciada por el Juez Cuarto de Partido en lo Penal de Cochabamba y declara PROCEDENTE el Recurso disponiéndose que la recurrida se pronuncie sobre la medida sustitutiva y se ponga en libertad al recurrente. Asimismo, se dispone que el Tribunal del Hábeas Corpus proceda a la calificación de daños y perjuicios conforme al art. 91-VI de la Ley Nº 1836.