SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 653/00-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 653/00-R

Fecha: 04-Jul-2000

POR TANTO:

POR TANTO: El Tribunal Constitucional, en virtud de la jurisdicción que ejerce por mandato de los arts. 18-III y 120-7ª de la Constitución Política del Estado y 93 de la Ley No. 1836, APRUEBA la Resolución venida en revisión corriente de fs. 26 a 28 de obrados, pronunciada por el Juez Primero de Partido en lo Penal de La Paz y se dispone que el Tribunal del Hábeas Corpus proceda a la calificación de daños y perjuicios conforme al art. 91-VI de la Ley Nº 1836.