SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 654/2000-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 654/2000-R

Fecha: 04-Jul-2000

3.

3.  De fs. 10 a 11 corre la Resolución de 31 de mayo de 2000, que declara improcedente el Recurso con el fundamento de que el recurrido no cometió ningún acto ilegal por cuanto su competencia es conciliatoria y no definitoria, no pudiendo obligársele a continuar conociendo el caso planteado por medio del Amparo Constitucional, ya que ha concluido su intervención.

3)  Que el  recurrente  presentó  el memorial de 10 de mayo, que corre a fs. 4, al Director Departamental del Trabajo, solicitando conmine a la Empresa donde prestó servicios al pago de la suma equivalente al tiempo trabajado y desahucio, decretando dicha autoridad “no haber lugar a beneficios sociales”.