SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 668/2000-R
Fecha: 07-Jul-2000
2.
2. En la audiencia pública de 1 de junio de 2000, cuya acta cursa de fs.42 a 44, el abogado del recurrente ratifica los términos de su demanda, y el abogado de los Concejales Municipales recurridos reitera y amplía el informe escrito de fs. 40 y 41, en los siguientes términos: a) Que existe un Dictamen de la Contraloría General de la República referido a la auditoría especial sobre la fase de pre-inversión del Proyecto Doble Vía Santa Cruz-La guardia que determina indicios de responsabilidad contra el Alcalde Municipal de Santa Cruz y otros funcionarios y ex-funcionarios de la Comuna, en virtud de lo que el anterior Concejo Municipal recomendó la apertura de sumario informativo contra el Ejecutivo; b) Que el acta de la sesión cuya copia solicita el recurrente aún no se encuentra aprobada, consiguientemente tampoco está aprobada la resolución a la que hace mención Otto Ritter, pues los proyectos de actas y de resoluciones deben contar con mayoría absoluta para su aprobación; c) Que no se puede entregar al recurrente copias de actas o de resoluciones que no han sido aprobadas, y mucho menos extender un borrador de las mismas; por lo anotado, pide se declare improcedente el Recurso, con costas y multa.
2) Que de acuerdo a los informes de fs. 15 y 16 prestados por la Actuaria Pro Secretaria del Concejo Municipal de Santa Cruz, al 26 de mayo existían diversas Actas de reuniones del Concejo que no fueron aún aprobadas, entre ellas la signada con el número 56/2000 -de la sesión del 25 de mayo- que “sería entregada a los Concejales el lunes 5 de junio para su aprobación el 16 de ese mes”.