SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 671/2000 - R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 671/2000 - R

Fecha: 10-Jul-2000

4.

    4.-       Que el Recurso de Hábeas Corpus ha sido instituido para precautelar la libertad, bien jurídico consagrado por la Constitución Política del Estado que en el caso de autos ha sido evidentemente vulnerado, cuya efectivización establece la propia Carta Fundamental  a través de su art. 18 con el que concuerda el art. 89 de la Ley del Tribunal Constitucional, a los que de manera pertinente se han acogido los recurrentes por sus representados.