SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 703/2000-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 703/2000-R

Fecha: 19-Jul-2000

CONSIDERANDO:

CONSIDERANDO: Que de acuerdo al Art. 19 de la Constitución Política del Estado el Recurso de Amparo Constitucional procede contra los actos ilegales o las omisiones indebidas de los funcionarios o particulares que restrinjan, supriman o amenacen restringir o suprimir los derechos y garantías de la persona reconocidos por la Constitución y las leyes, siempre que no hubiere otro medio o recurso legal  para la protección inmediata  de los derechos y garantías restringidos, suprimidos o amenazados.

Que en el caso de autos el recurrente aduce haber sido indebidamente detenido, en  contravención al artículo 232 del nuevo Código de Procedimiento Penal, por lo que debió interponer Recurso de Hábeas Corpus, que es la garantía jurisdiccional específica para la protección inmediata de su derecho de libertad.