Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 703/2000-R
Fecha: 19-Jul-2000
POR TANTO:
POR TANTO: El Tribunal Constitucional, en virtud de la jurisdicción que ejerce por mandato de los artículos 19-IV y 120-7ª de la Constitución Política del Estado y 102-V de la Ley No. 1836, REVOCA la Resolución de fs. 42 y 43, pronunciada en 9 de junio de 2000 por la Jueza de Partido de la Provincia Entre Ríos del Departamento de Tarija y declara IMPROCEDENTE el Recurso, debiendo aplicar la Jueza de Amparo el art. 102-III de la Ley Nº 1836.