Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 720/00-R
Fecha: 24-Jul-2000
POR TANTO:
POR TANTO: El Tribunal Constitucional, en virtud de la jurisdicción que ejerce por mandato de los arts. 19-IV y 120-7ª de la Constitución Política del Estado y el art. 102-V de la Ley No. 1836, APRUEBA la Resolución corriente de fs. 25 a 28 de obrados, dictada el 12 de junio de 2000, por la Sala Penal Primera de la Corte Superior del Distrito de Santa Cruz, disponiendo que el Tribunal del Recurso, proceda a la calificación de daños y perjuicios conforme al art. 102-VI de la Ley Nº 1836.