SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 721/00-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 721/00-R

Fecha: 24-Jul-2000

CONSIDERANDO:

CONSIDERANDO: Que el recurrente interpone a fs. 7 Recurso de Amparo Constitucional, señalando que en el proceso penal que le sigue Bernardina Soruco Peralta, solicitó al Juez del Plenario se realice un examen genético de A.D.N. para determinar la veracidad de la acusación, en sentido de que el hijo que dio a luz una de las supuestas víctimas fuera suyo, petitorio que fue negado; asimismo, pidió que la querellante prestara su instructiva jurada y que las supuestas víctimas ratificaran su declaración informativa policial, solicitud que también fue negada por decreto de 5 de febrero de 2000, razón por la cual interpuso recurso de reposición con alternativa de apelación que igualmente fue negado, viéndose obligado a presentar recurso de compulsa ante la Corte Superior del Distrito, que lo declaro ilegal. De esa manera -dice el recurrente- se viola el derecho a la defensa reconocido por el art. 16 de la Constitución Política del Estado y el art. 77 del Código de Procedimiento Penal, por lo que pide se declare procedente el Recurso y se subsanen dichas omisiones.

CONSIDERANDO: Que el Recurso de Amparo Constitucional, instituido por el art. 19 de la Constitución Política del Estado tiene como finalidad la defensa de los derechos fundamentales del individuo ante actos ilegales u omisiones indebidas de los funcionarios o particulares que restrinjan, supriman o amenacen restringir o suprimir los derechos y garantías de la persona  reconocidos por la Constitución y las Leyes.