Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 738/00-R
Fecha: 28-Jul-2000
2.
2. Que, en 23 de junio el recurrido presentó el informe sobre el decomiso de la mercadería que transportaba el camión conducido por el recurrente, haciendo alusión a que éste había sido aprehendido, pero sin identificarlo y menos indicar de qué delito se lo acusaba, conforme prevé expresamente el art. 211-c) de la precitada Ley.