Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 740/2000-R
Fecha: 01-Ago-2000
3.
3. A fojas 46 y 47 cursa la Resolución de 28 de junio de 2000 que declara PROCEDENTE el Recurso, con el fundamento de que los recurridos en su memorial de informe confesaron ser evidentes los hechos denunciados por los recurrentes, “por lo que se hace innecesaria la consideración y análisis de ninguna otra prueba, máxime si dicha confesión terminante es corroborada por el informe del Secretario General del Comité Cívico de Cochabamba”.