Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 752/00-R
Fecha: 04-Ago-2000
POR TANTO:
POR TANTO: El Tribunal Constitucional, en virtud de la jurisdicción que ejerce por mandato de los arts. 19-IV y 120-7ª de la Constitución Política del Estado y el art. 102-V de la Ley No. 1836, REVOCA la Resolución corriente a fs. 30 de obrados, dictada por la Sala Social, Administrativa de la Corte Superior del Beni el 21 de junio de 2000 y declara PROCEDENTE el Recurso planteado disponiendo que se proceda la calificación de daños y perjuicios conforme al art. 102-VI de la Ley Nº 1836.