SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 759/2000-R
Fecha: 09-Ago-2000
POR TANTO
POR TANTO: El Tribunal Constitucional, en virtud de la jurisdicción que ejerce por mandato de los artículos 19-IV y 120-7ª de la Constitución Política del Estado y 102-V de la Ley No. 1836, REVOCA la Resolución de fs. 87 vta. a 89, pronunciada el 29 de junio del año en curso por el Juez de Partido de Camiri, Provincia Cordillera del Departamento de Santa Cruz, y declara IMPROCEDENTE el Recurso y nula la primera sesión del Concejo Municipal de Cabezas, tercera sección de la Provincia Cordillera, verificada el 6 de febrero del año 2000, así como las Resoluciones Municipales 001/2000 y 002/2000 mediante las que se designa la Directiva del Concejo y al Alcalde Municipal, ambas de la misma fecha dictadas en la sesión indicada.