*SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 765/00 - R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

*SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 765/00 - R

Fecha: 10-Ago-2000

a)

A su turno, el Agente Fiscal recurrido informa: a) Que el art. 218 del nuevo Código de Procedimiento Penal no está vigente, de acuerdo a su segunda disposición transitoria; b) Que Eliodoro Rojas, en su declaración informativa prestada dentro de la denuncia  de Juan Carlos Miranda Becerra, dijo que éste obtuvo un préstamo de dinero del Banco Sol con su garantía y que ante el incumplimiento del deudor, “por presión del Banco” llevó la movilidad de aquél a su casa, y que luego  “apareció una minuta de transferencia del vehículo faccionada, seguramente, por el Asesor Legal del Banco”; c) Que está cumpliendo su función de investigar, de acuerdo a los arts. 10 y 14 de la Ley del Ministerio Público 223 y 224 de la Ley No. 1970. Pide, finalmente, se declare improcedente el Recurso.