Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 798/2000-R
Fecha: 28-Ago-2000
3)
3) Que el 23 de mayo de 2000, el recurrente suscribió una minuta de compra venta de vehículo (fs. 9), y la adjuntó a la carta, de 27 de ese mes, remitida al Directorio del Sindicato pidiendo su reincorporación al servicio, solicitando dos meses para concluir el trámite de carnet de propiedad.