SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 832/2000-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 832/2000-R

Fecha: 01-Sep-2000

ha consentido libre y expresamente

Que asimismo, del análisis de obrados ha quedado claramente establecido que el recurrente ha consentido libre y expresamente  la pertinencia de la Resolución impugnada N° 002/98 de 17 de febrero de 1998, tanto al haber permitido su ejecutoria, como al exigir su cumplimiento por las otras partes en conflicto y solicitar su ratificación a la misma autoridad que ahora demanda, circunstancia que determina igualmente la improcedencia del Recurso en aplicación del art. 96-2) de la Ley N° 1836.