SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 848/00-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 848/00-R

Fecha: 08-Sep-2000

3.

3.  A la conclusión de la audiencia el  Tribunal de Hábeas Corpus, en  virtud de los antecedentes expuestos dicta Sentencia a fs. 26, declarando improcedente el Recurso con el fundamento de que si bien se tiene que el mínimo legal de la pena establecida en abstracto, se ha superado sin embargo en el presente caso existe sentencia condenatoria que impone una pena mayor al mínimo legal, lo que hace inaplicable el art. 239-2 del nuevo Código de Procedimiento Penal por lo que el Tribunal recurrido no ha incurrido en violación del art. 18 de la Constitución Política del Estado, ya que cuando conoció el recurso de apelación, el recurrente no había cumplido veinticuatro meses de detención, sin que exista sentencia ejecutoriada que hubiera adquirido la calidad de cosa juzgada