Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 854/2000-R
Fecha: 13-Sep-2000
2.
2. Que, por el acta de fs. 18 vta. se acredita que la decisión de suspensión por quince días de los recurrentes, emerge de la decisión de Asamblea reunida el 27 de julio del año en curso, convocada por los ejecutivos del Sindicato “14 de Septiembre” al que está afiliada la “Parada de Taxis Chapare”, precisamente para resolver asuntos que atañen a la misma.