Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 868/2000-R
Fecha: 20-Sep-2000
POR TANTO
POR TANTO: El Tribunal Constitucional, en virtud de la jurisdicción que ejerce por mandato de los artículos 19-IV y 120-7ª de la Constitución Política del Estado y 102-V de la Ley No. 1836, con los argumentos precedentes, APRUEBA la Resolución de fs.7, pronunciada el 18 de agosto del año en curso por la Sala Penal Primera de la Corte Superior de Justicia del Distrito Judicial de La Paz.