SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 911/2000-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 911/2000-R

Fecha: 29-Sep-2000

IMPROCEDENTE

Que concluida la audiencia, el Tribunal de Amparo dicta la Resolución cursante de fs. 41, que declara IMPROCEDENTE  el Recurso, con el fundamento de que el recurrente se halla sometido a un juzgamiento legal habiéndose dictado fallo condenatorio pendiente de apelación. Que la declaratoria de improcedencia del beneficio de libertad provisional se sujetó a lo establecido por el art. 200 del Código de Procedimiento Penal ordinario, supletorio del  Código Adjetivo Militar haciendo hincapié en que la negativa del beneficio de libertad provisional no tiene carácter definitivo, pudiendo ser solicitada cuantas veces sea necesario.