SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 047/01 - R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 047/01 - R

Fecha: 22-Ene-2001

2.

2.  A fojas 33 y 34 cursa el acta de la audiencia pública realizada el 19 de diciembre de 2000, en la que se presenta el abogado de Sonia Torrico Chávez, adhiriéndose al Recurso, aceptando tal adhesión el Juez de Hábeas Corpus, ante lo cual, dicho abogado manifestó que su representada fue detenida el 18 de diciembre, sin mandamiento de autoridad competente y sin haber sido citada previamente de comparendo; que no le dejaron efectuar ninguna llamada, conduciéndola a la P.T.J. de El Alto, a la que como su abogado se apersonó a horas 19:00, verificando que no existía “una querella”, ni prueba de cargo que demuestre un delito flagrante;  que habiendo transcurrido las “24 horas u ocho horas”  que indica el nuevo Código de Procedimiento Penal,  su representada continúa detenida,  en cuyo mérito pide se declare procedente el Recurso.

     La abogada de la recurrente ratifica los términos de su demanda y los amplía aseverando que  ésta fue detenida sin  mandamiento de autoridad competente y sin haberse librado previamente cédula “de comparendo ni de detención”; que los investigadores allanaron su oficina ubicada en la esquina de las calles Loayza y Mercado, sustrayendo documentos sin ninguna orden judicial; que tomaron la declaración informativa de la recurrente sin su presencia, vulnerando sus derechos constitucionales.