Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 078/2001-R
Fecha: 31-Ene-2001
POR TANTO:
POR TANTO: El Tribunal Constitucional, en virtud de la jurisdicción que ejerce por mandato de los arts. 19-IV, 120 -7ª de la Constitución Política del Estado y 102-V de la Ley No. 1836, APRUEBA la Resolución corriente de fs. 24 - 25 de obrados, dictada el 1 de diciembre de 2000, por la Sala Penal del Distrito Judicial de Chuquisaca. Debiendo el Tribunal del Recurso proceder conforme el art. 102 - III de la Ley N° 1836.