Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 28/2002-R
Fecha: 14-Ene-2001
(fs. 195 a 197)
4. Que, según el acta de inspección ocular de 30 de julio de 2001, el Juez 3° de Instrucción en lo Penal se apersonó al inmueble sito en calle Ascarrunz N° 2554 para verificar la denuncia de supuesto allanamiento e ilegal lanzamiento, constando que esa autoridad judicial instruyó que al haber verificado violaciones al Código Penal por parte de Remberto Rojas y otros se ponga en conocimiento del Ministerio Público (fs. 195 a 197).