SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 1074/01-R
Fecha: 05-Oct-2001
3.
3. La Resolución Nº 05/2001 de 1 de septiembre de 2001, que corre de fojas 53 a 55, declara PROCEDENTE el Recurso dejando sin efecto el mandamiento de aprehensión y ordenando se reparen en el día “los defectos legales en los que se ha incurrido”, con estos fundamentos: 1) la Jueza recurrida no tramitó la cuestión prejudicial de incompetencia ni el incidente de nulidad de notificación planteados por la imputada, aspectos que son de previo y especial pronunciamiento; 2) ante las representaciones del Oficial de Diligencias, en sentido de no haber podido notificar a la imputada por no conocer su domicilio, no se podía expedir un mandamiento de aprehensión en su contra, y al haberlo hecho se ha vulnerado el art 16 de la Constitución Política del Estado