SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 1077/01-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 1077/01-R

Fecha: 04-Oct-2001

procedente

Que mediante Resolución Nº 561/2001 de 31 de agosto de 2001, cursante a fs. 65, 65 vlta., la Corte de Amparo declaró procedente el Recurso con los siguientes fundamentos: a) que las propias autoridades edilicias concedieron Línea y Nivel a favor de la Recurrente y autorización para la construcción de un muro de cerco y conforme al plano de ubicación del lote de terreno de la recurrente, en conjunto la recurrente es propietaria del inmueble demolido; b) que tanto la Honorable Alcaldía Municipal como la recurrente tendrían títulos de derecho propietario sobre el lote reclamado y que el mejor derecho de propiedad deberá ser dilucidado en la vía ordinaria; y c) que los actos consumados por la Alcaldía Municipal de El Alto contra el inmueble de propiedad de la recurrente son arbitrarios e ilegales, por lo que violan los derechos y garantías constitucionales expresas en el art. 7 inc. i) y art. 22 de la Constitución Política del Estado concordante con el art. 105 del Código Civil.