Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 1081/01-R
Fecha: 05-Oct-2001
Por tanto:
Por tanto: El Tribunal Constitucional, en virtud de la jurisdicción que ejerce por mandato del los arts. 18-III, 120-7ª de la Constitución Política del Estado, 7-8) y 93 de la Ley Nº 1836, REVOCA la Resolución Nº 374/2001 cursante a fs. 23, pronunciada el 7 de septiembre de 2001 por la Sala Civil Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, y declara PROCEDENTE el Recurso disponiendo la nulidad de obrados hasta la denuncia a la que debe dar el trámite correspondiente, respetando los derechos y garantías constitucionales del recurrente.