Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 1118/01-R
Fecha: 19-Oct-2001
4.
4. Concluida la audiencia el Juez de Hábeas Corpus pronunció Sentencia declarando improcedente el Recurso con el fundamento que las autoridades recurridas han procedido conforme a lo dispuesto por los arts. 225, 227-1), 228 y 293 del Procedimiento Penal vigente, que constituyen una excepción a lo previsto por el art. 9 de la Constitución Política del Estado.