Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 1119/01-R
Fecha: 19-Oct-2001
3.
3. Concluida la audiencia la Jueza de Hábeas Corpus pronuncia Sentencia declarando procedente el Recurso con el fundamento que han sido emitidas las cédulas de comparendo sin cumplir con las formalidades establecidas por Ley y que han transcurrido más de cinco meses, sin que se hubiera concluido las investigaciones, sin tomar en cuenta lo dispuesto por el art. 118 del Código de Procedimiento Penal derogado y el art. 18 de la Constitución Política del Estado.